“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

La aprobación en el Congreso de la llamada ‘ley de la comida chatarra’ parece no haberle puesto punto final al debate sobre los sellos de advertencia que deberán llevar todos los productos comestibles y bebibles que se comercializan en el país, con excepción de aquellos artesanales y los mínimamente procesados.

Si bien Carolina Piñeros, directora ejecutiva de la Corporación RedPapaz, calificó la aprobación como “una reivindicación de la participación de la sociedad civil y la academia, que privilegia el bien común y sus derechos”, señaló que “el pulso sigue”.

En efecto, la nueva ley crea el etiquetado frontal con sellos de advertencia a los consumidores sobre el contenido excesivo de componentes, que puede ser perjudicial para la salud, y asigna al Ministerio de Salud la reglamentación de los parámetros técnicos de esas etiquetas, que incluyen forma, contenido, figura, proporción, símbolos, textos, tamaño y ubicación.

El texto recalca que la entidad debe llevar a cabo esa tarea en un plazo máximo de un año a partir de la promulgación de la ley, “basándose en la mayor evidencia científica disponible y libre de conflicto de intereses”.

Sin embargo, el 16 de junio, pocos días antes de que la iniciativa recibiera el aval final del Congreso, esta cartera expidió la resolución 810, fijando de antemano los requisitos técnicos del etiquetado nutricional en el país. En otras palabras, se adelantó a lo que luego dispuso la nueva ley, a la que solo le falta la sanción presidencial.

Tanto Carolina Piñeros como el senador Juan Luis Castro, dos de los principales impulsores y promotores de la iniciativa, consideran que la resolución “se expidió justo ahora para atravesársele al tipo de etiquetado de alto impacto preventivo que estipula la nueva norma, y que deberá establecerse de acuerdo con la mayor evidencia científica disponible, suministrada por la OMS”, insisten.

Piñeros señala que aunque la ley no deja explícitas las características del etiquetado, “un buen número de investigaciones indican que los que cumplirían con los estándares fijados por la ley son los ubicados en la parte frontal, octagonales, de fondo negro con letras blancas y que incluyan el texto ‘Exceso de (azúcar, sodio, grasas saturadas)’ ”.

El senador Castro dice que, por el contrario, la resolución 810 se refiere a un etiquetado circular que incluye el texto ‘Alto en (azúcares añadidos, sal/sodio y grasas saturadas)’, que no es lo que recomienda la evidencia científica. Vale anotar que un estudio hecho con población colombiana encontró que los sellos circulares son menos efectivos frente a otro tipo de advertencias. Expertos también consideran que el término ‘alto en’, que se usa en publicidad y para destacar propiedades de un producto (alto en vitamina A, por ejemplo), puede confundir a los consumidores.

Otras críticas que se hacen a la resolución es que no contempla el sello que alerta sobre el contenido de edulcorantes; sugiere sellos positivos que pueden ser tomados como componentes publicitarios para productos ultraprocesados, y permite declaraciones nutricionales en etiquetas de productos que también tienen exceso de nutrientes críticos.

El senador Castro insiste en que “la ley, por ser norma superior a una resolución, es la que fija los parámetros. Una vez se sancione, es claro que la reglamentación del Ministerio deberá ceñirse a lo que esta dispone. Vamos a vigilar ese proceso”.

Camilo Montes, director de la Cámara de Alimentos de la Andi, considera que gracias al proyecto aprobado y a la resolución 810, “Colombia tiene hoy el marco normativo más moderno de la región, para promover hábitos de vida saludable”.

Al contrario de lo que señalan los detractores de la resolución, a la que describen como hecha a la medida de la industria de alimentos, Montes afirma que “el tema de etiquetado frontal surgió de una decisión de política del Minsalud, que es incluso anterior a este gobierno”. Y agrega que una vez se sancione la ley, el Ministerio tendrá la tarea de armonizarla con la reglamentación existente, lo cual incluye a la 810.

Por: REDACCIÓN VIDA DE HOY 
Tomado de: Eltiempo.com