“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

La ley fue sancionada por el presidente Iván Duque hace poco más de un año.

Una de las normas claves que ha dejado el actual Congreso es la ley que establece la historia clínica electrónica. Se busca, básicamente, que la información médica de los ciudadanos esté digitalizada para que se pueda acceder a ella sin importar el centro asistencial en el que se encuentre.

No obstante, el congresista Juan Fernando Reyes, autor de esta ley, denunció que, a pesar de que la norma fue sancionada hace más de un año, aún no se ha puesto en marcha su implementación.

“Hace un año se expidió nuestra ley, ley que es clave en estos momentos, necesitamos que comience a implementarse ya”, expresó Reyes Kuri.

Esta ley, firmada por el presidente Iván Duque a comienzos del año pasado, establece que el Ministerio de Salud tenía 12 meses para reglamentar los detalles de para la implementación de la historia clínica electrónica. Plazo que se vencía el 31 de enero.

Igualmente se establece que, en un plazo máximo de cinco años, se debe implementar de forma completa en todo el país la historia clínica electrónica y que, de esa forma, se reduzcan las barreras de acceso que muchas personas sufren frente al sistema de salud por cuenta de un documento que hasta hoy sigue sin ser interoperable.

“La historia clínica electrónica facilitará, agilizará y garantizará el acceso y ejercicio de los derechos a la salud”

Este diario conoció que el Ministerio de Salud ya publicó el proyecto de resolución en el que consigna las condiciones de interoperabilidad, los lineamientos y el conjunto de elementos de datos clínicos para la elaboración de las historias clínicas electrónicas que en adelante deberán utilizar los prestadores de servicios de salud en Colombia. No obstante, aún no ha sido expedida esta resolución.

Tal como establece la ley, la historia clínica electrónica “facilitará, agilizará y garantizará el acceso y ejercicio de los derechos a la salud y a la información de las personas, respetando el Hábeas Data y la reserva de la misma”.

“Su almacenamiento, actualización y uso se efectuará en estrictas condiciones de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad y acceso, de conformidad con la normatividad vigente”, señala el documento firmado por los presidentes de Cámara y Senado.

Según la Ley, las IPS estarán encargadas de recopilar los datos de cada usuario y subirlos a una plataforma de interoperabilidad creada por el Gobierno.

Foto: 123rf
Por: Política
Tomado de: El tiempo.com