“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

Los mayores de 70 años podrán hacer actividad física por dos horas al día y en todo lo demás se les aplicarán las demás disposiciones sobre aislamiento obligatorio que rigen para todos los colombianos.

Así lo explicó el Ministerio de Salud, que aclaró las decisiones tomadas por el Gobierno para cumplir el fallo de tutela de primera instancia que ordenó hacer menos estricto el aislamiento preventivo obligatorio para adultos mayores, a quienes por ser una población con mayor riesgo frente al coronavirus, se les prohibió salir de casa.

“Los adultos mayores pueden desarrollar actividades físicas, ejercicio al aire libre y practicar deportes de manera individual, por un período máximo de dos horas diarias, todos los días”, precisó el ministerio de Salud.

agregó: “Como consecuencia de dichas órdenes, a los adultos mayores de 70 años les son aplicables las disposiciones que rigen a la generalidad de la población”.

El Ministerio manifestó que su prioridad es la protección de los colombianos, en especial de las poblaciones más vulnerables en la pandemia del covid-19.

Aún está pendiente de decisión la impugnación que presentó el Gobierno frente al fallo de primera instancia.

Y agregó: “Como consecuencia de dichas órdenes, a los adultos mayores de 70 años les son aplicables las disposiciones que rigen a la generalidad de la población”.

El Ministerio manifestó que su prioridad es la protección de los colombianos, en especial de las poblaciones más vulnerables en la pandemia del covid-19.

Aún está pendiente de decisión la impugnación que presentó el Gobierno frente al fallo de primera instancia.

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TOMADO DE: Vanguardia.com